PRINCIPIOS DEL SEGURO

Para comprender el funcionamiento de nuestros seguros sin importar lo que estamos protegiendo, será de gran utilidad conocer sus principios básicos:

· Máxima buena fe: En este principio tanto la figura de asegurado como el asegurador tienen la obligación de obrar con la verdad, es decir el contratante o asegurado está obligado a suministrar toda la información del bien a asegurar, para que así la compañía pueda calcular la prima que le permita cubrir el riesgo al que está expuesto el bien asegurado y al momento del siniestro es obligación también del asegurador obrar de buena fe en la atención del siniestro. La violación de este principio puede deberse por las siguientes situaciones:

1. Omisión: Falta de declaración de información de un hecho sustancial o por pensar que no es de interés.

2. Ocultamiento: Eliminación intencional de un hecho.

3. Tergiversación fraudulenta: Declaración de información con la intención de engañar a la aseguradora, es decir con dolo.

4. Tergiversación no fraudulenta: Declaración de información parcial de los hechos sustanciales.

· Principio de no lucratividad: El seguro no se puede convertir en una fuente de provecho o de negocio ya que busca resarcir el daño del siniestro.

· Interés asegurable: Es el interés económico que una persona posee sobre un bien que se encuentra expuesto a un riesgo, reflejado en el deseo de que no suceda el siniestro. El interés asegurable es una necesidad para velar por la naturaleza de la institución aseguradora, sin la cual sería imposible cumplir su función protectora en la sociedad.

Clasificación de seguros

En el libro “Manual básico del seguro” clasifica los seguros desde el siguiente punto de vista:

· Según la finalidad del servicio: Se puede distinguir por un lado el seguro social, cuya finalidad es proteger a los llamados sectores populares (principalmente los trabajadores) contra riesgos socialmente extendidos, como es la vejez, la salud, el desempleo, etc.; y el seguro privado o comercial habitualmente explotados por empresas comerciales.

· Según su origen histórico: Desde este punto de vista se ha dividido el seguro en marítimo, terrestre y aéreo.

· Según el objeto asegurado: Desde el punto de vista del objeto al que se dirige la protección del seguro, este se clasifica en seguros de daños (a su vez se divide en

seguros de bienes, que incluye incendio, robo, automotores, etc., y de responsabilidades), y el seguro de personas (incluye los de vida, accidentes y salud) · Según la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF): De acuerdo a esta ley en el artículo 25, menciona que en México se clasifica a los seguros en tres diferentes operaciones donde a su vez se subdivide en ramos.

i. Seguro de Vida

ii. Seguro de Accidentes y enfermedades, en alguno de los ramos siguientes:

a. Accidentes personales

b. Gastos médicos Mayores

c. Salud

iii. Seguro de Daños, en alguno o algunos de los ramos siguientes:

a. Responsabilidad civil y riesgos profesionales

b. Marítimo y transportes

c. Incendio

d. Agrícola y de animales

e. Automóviles

f. Crédito

g. Caución

h. Crédito a la vivienda

i. Garantía financiera

j. Riesgos catastróficos

k. Diversos iv. Los especiales que declare la Secretaría, conforme a lo dispuesto por LISF.

Bien podemos notar que existe una amplia gama de soluciones tanto para personas físicas como morales, te recomendamos mantenerte al día con las recomendaciones de nuestros expertos en Seguros Médicos GNP ya que desde nuestra página podrás agendar una llamada o videollamada sin costo alguno. Nuestros agentes de seguros tienen mucha experiencia y será un gusto para ellos poder atenderte.