Características de la póliza de seguro. Tu contrato de Seguro.

El contrato de seguro debe de contar con ciertas características, que se definen a continuación de acuerdo con Gustavo Osorio Gonzáles en su libro “Manual básico del Seguro:

A. Consensual: Es decir requiere el consentimiento de ambas partes que participan en el contrato de seguro, es decir de la aseguradora y del contratante.

B. Bilateral: Es el acuerdo de voluntades entre asegurado y asegurador, que da nacimiento a derechos y obligaciones recíprocas en virtud del consentimiento actual de ambas partes.

C. Aleatorio: El evento es incierto puede o no puede existir, depende de una condición, término o bien de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida, por lo que no se puede determinar el costo del evento exactamente, sino hasta el momento en que dicho acontecimiento se lleva a cabo. Por lo tanto representa para los sujetos un enriquecimiento y empobrecimiento correlativos, aunque una de las partes puede recibir mayor beneficio económico que la otra.

D. Oneroso: Cada parte que conforma el contrato recibe una prestación a cambio de la otra, esta característica determina las obligaciones y derechos a cada parte, por un lado el asegurado debe pagar la prima convenida y por el otro, si se realiza la eventualidad prevista del siniestro, la compañía aseguradora debe indemnizar al asegurado.

E. Adhesión: Las condiciones y términos de la póliza de seguro son establecidos por la aseguradora, y deben ser aceptados por el asegurado, para que pueda darse el contrato, este último dolo podrá decidir si acepta o no el contrato y las condiciones de dicho seguro.

F. Buena fé: En dicho elemento las partes involucradas se comprometen a actuar de forma honesta durante el proceso del contrato, donde el asegurado está obligado a describir total y claramente la naturaleza del riesgo que pretende asegurar, a fin de que la aseguradora la mayor cantidad de información que le permita decidir sobre su de negación o aceptación del riesgo.

G. Contrato principal: No depende de otro contrato para existir, es decir existe por sí mismo.

H. Nominado: Se considera así porque el contrato de seguro está reglamentado por leyes generales y específicas y sus consecuencias están delimitadas en normas (Osorio González, 2003).

Como puedes notar hay muchas características en la póliza de seguro y en general son técnicas, podría ser un tanto confuso, por suerte existen los agentes de seguro quienes se han especializado en conocer las letras chiquitas del contrato para apoyarte con cualquier decisión, por ello, te invitamos a platicar con uno de nuestros especialistas donde sin ningún costo te podremos asesorar.

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